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COVID-19. NUEVA ORDEN QUE REGULA EL TRANSPORTE DE PERSONAS.
     
ASUNTO: COVID-19. NUEVA ORDEN QUE REGULA EL TRANSPORTE DE PERSONAS.  
Murcia, 18 de febrero de 2021.
Estimado amigo:
 
La Consejería de Salud ha publicado una nueva Orden por la que se adoptan medidas restrictivas adicionales en materia de transporte de personas, para hacer frente a la evolución desfavorable de la epidemia de COVID-19. Se adjunta publicación.
 
Con carácter temporal, se establecen las siguientes medidas adicionales para todo el territorio de la Región de Murcia en el transporte regular de viajeros por carretera y en vehículos particulares:
 
1.- En las motocicletas, ciclomotores y vehículos categoría L, en general, que estén provistos con dos plazas homologadas (conductor y pasajero) podrán viajar dos personas. El uso de guantes será obligatorio por parte del pasajero y también por parte del conductor en el caso de motocicletas y ciclomotores destinados al uso compartido. A estos efectos, serán admitidos los guantes de protección de motoristas.
 
2.- En los transportes privados particulares y privados complementarios, podrán viajar tantas personas como plazas tenga el vehículo, siempre que todas convivan en el mismo domicilio.
 
3.- En los transportes privados particulares y privados complementarios de personas en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, cuando NO todas convivan en el mismo domicilio, el Decreto 14/2021 de presidente establece que a partir de hoy,  como máximo serán 2 personas, siempre que se respecte la distancia máxima entre los ocupantes.
 
3. En vehículos de empresa y siempre y cuando el desplazamiento sea para llevar a cabo actividades laborales en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor podrán ocuparse el 50% de las plazas disponibles, siempre que respeten la máxima distancia posible entre los ocupantes.
 
4.- En los vehículos en los que, por sus características técnicas, únicamente se disponga de una fila de asientos, como en el supuesto de cabinas de vehículos pesados, furgonetas, u otros, podrán viajar como máximo dos personas, siempre que guarden la máxima distancia posible.
 
 En los vehículos con número impar de asientos la ocupación se redondeará al alza.
 
Siempre que en un vehículo viaje una persona que no conviva en el mismo domicilio que los restantes pasajeros será obligatorio el uso de la mascarilla para todos ellos y se preocupará la renovación continua del aire interior.
 
En el caso de que en el desarrollo de la actividad se los trabajadores se desplacen a municipios en el que la movilidad está restringida (Albarán, Beniel, Cieza, Pliego y Yecla), FREMM dispone de un modelo de CERTIFICADO DE DESPLAZAMIENTO a disposición de todos sus asociados.
 
Para cualquier duda, o facilitarle el citado certificado tiene a su disposición a los técnicos de FREMM:
 
María José Aragón                            mjaragon@fremm.es                        968931502/968931405
Manuel Lorenzo                                 mlorenzo@fremm.es                         968965504.
 
Atentamente,
Fdo.: Andrés Sánchez Gómez
-Secretario General-           

 

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