ASUNTO: PUBLICADAS LAS BASES REGULADORAS DE LAS AYUDAS DIRECTAS “LÍNEA COVID” PARA LA REGIÓN DE MURCIA.
Murcia, 2 de junio de 2021
Estimado asociado:
Se trata de ayudas destinadas a la satisfacción de la deuda y pagos a proveedores, incluidas las nóminas de los trabajadores, y otros acreedores, financieros y no financieros, así como los costes fijos incurridos, siempre y cuando estos se hayan devengado entre el 1 de marzo de 2020 y el 31 de mayo de 2021 y procedan de contratos anteriores al 13 de marzo de 2021.
Podrán acceder a este tipo de ayudas las empresas o autónomos que cumplan las siguientes condiciones:
· Creadas antes del 2020.
· Que su volumen de operaciones anual declarado o comprobado por la Administración, en el Impuesto sobre el Valor Añadido o tributo indirecto equivalente en 2020 haya caído más de un 30% con respecto a 2019.
· Y que su actividad figure en los sectores CNAES que figuran en el Anexo I de la Orden. De las actividades que pueden acceder a este tipo de ayudas, pertenecen al sector Metal los siguientes:
CNAE09
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DESCRIPCIÓN
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2511
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Fabricación deestructuras metálicasy suscomponentes
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2550
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Forja,estampaciónyembuticióndemetales;metalurgiadepolvos
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2670
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Fabricaciónde instrumentosdeópticayequipofotográfico.
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2731
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Fabricación de cables defibra óptica.
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2740
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Fabricación delámparasy aparatoseléctricosdeiluminación
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2829
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Fabricación deotramaquinaria deusogeneraln.c.o.p.
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2899
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Fabricación deotramaquinariaparausosespecíficos n.c.o.p.
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3212
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Fabricación de artículosde joyería yartículos similares.
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3213
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Fabricacióndeartículosdebisuteríayartículossimilares.
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3316
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Reparación y mantenimiento aeronáuticoy espacial.
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4520
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Mantenimientoyreparacióndevehículosdemotor
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4730
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Comercioalpormenordecombustibleparalaautomociónenestablecimientosespecializados
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4741
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Comercioalpormenordeordenadores,equiposperiféricosyprogramasinformáticosenestablecimientosespecializados.
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4777
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Comercioalpormenordeartículos derelojeríayjoyeríaen establecimientosespecializados.
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9512
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Reparación de equipos de comunicación
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9525
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Reparación de relojes y joyería.
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Las cuantías de la ayuda a solicitar serán como máximo las siguientes:
1) Para los autónomos acogidos al sistema de módulos. 3000 euros.
2) Para el resto, la ayuda no podrá ser ni inferior a 4.000 euros ni superior a 100.000 y su cuantía dependerá del número de empleados:
a) Si tiene 10 o menos. El 40% de la caída del volumen de operaciones en el año 2020 respectodel año 2019 que supere dicho 30%.
b) Si tiene más de 10. El 20% del importe de la caída del volumen de operaciones en el año2020 respecto del año 2019 que supere dicho 30%.
Ejemplo Una empresa de 10 trabajadores que está dentro de los CNAEs y que tuvo un volumen de operaciones en 2019 de 100.000 euros y en 2020 pasó a tener :
1. 80.000 euros -> En este caso la bajada de facturación al no ser superior al 30% no genera derecho a ayuda
2. 69.000 euros -> Bajada de facturación del 31% -> El exceso sobre el 30% (1%) genera una ayuda del 40%. 100.000 x 1% x 40% = 400 euros -> Opera el mínimo de 4.000 euros
3. 60.000 euros -> Bajada de facturación del 40% -> El exceso sobre el 30% (10%) genera una ayuda del 40%. 100.000 x 10% x 40% = 4.000 euros
4. 47.500 euros -> Bajada de facturación del 52,5% -> El exceso sobre el 30% (22,5%) genera una ayuda del 40%. 100.000 x 22,5% x 40% = 9.000 euros.
Para cualquier aclaración de esta ayuda y la forma de tramitación así como la documentación requerida tiene a su disposición al técnico de FREMM, Mª José Aragón, al 968931502, mjaragon@fremm.es.
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